Inmatriculaciones en la Diócesis de Sigüenza-Guadalajara

Para conocimiento de la comunidad cristiana y de las personas de buena voluntad, la Diócesis de Sigüenza-Guadalajara desea ofrecer información sobre las inmatriculaciones llevadas a cabo de acuerdo a la Ley Hipotecaria, desde la reforma de 1998, que permite constatar el dominio sobre una propiedad para su registro legal. 

Las inscripciones en los registros de la propiedad reconocen una propiedad previa dando publicidad a la propiedad y vida jurídica de los bienes inmuebles registrados. La inmatriculación es la primera inscripción de una finca en el registro y debe ser siempre de dominio. El Registro no concede la propiedad, sino que la reconoce. Asimismo, la inmatriculación no afecta a la titularidad y esta puede quedar desvirtuada por el que demuestre un mejor derecho. 

En el año 1998 fue reformado el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 para resolver una discriminación que se cometía con la Iglesia, puesto que se impedía a esta inmatricular los templos por no estar sujetos a comercio, pudiéndose, no obstante, inmatricular los templos de otras confesiones religiosas. Desde ese momento, y hasta el año 2015, la Iglesia ha podido inmatricular sus bienes a través de certificación, uno de los modos vigentes de hacerlo que se remonta a los orígenes de la ley que crea los registros de la propiedad en 1863. 

En cuanto al caso particular de la Diócesis de Sigüenza-Guadalajara, en el periodo comprendido entre la entrada en vigor de la reforma de 1998 de la Ley Hipotecaria hasta la abolición de la misma el año 2015, se han inmatriculado 537 inmuebles a favor de diversas parroquias. De estos inmuebles, 193 son templos parroquiales, 2 santuarios, 17 casas parroquiales, 79 ermitas, 17 huertos parroquiales, 38 cementerios parroquiales, 163 fincas rústicas y 22 solares pertenecientes a capellanías y fundaciones no autónomas creadas por donantes y testadores, desde tiempo inmemorial, para ser administradas por el obispado y el resto 6 inmuebles de variada índole (torre, colegio, hospital, albergue, cochera y colmenar). 

Todas las certificaciones de dominio presentadas en los registros de la propiedad y que han originado las 537 inmatriculaciones, han ido acompañadas de la correspondiente Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica siendo el titular de las mismas la Iglesia Católica, como era preceptivo por Ley.

 

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